La batalla de LaLiga contra las emisiones ilegales de fútbol ha dado un salto de escala en España: ya no se trata solo de que las operadoras bloqueen webs y direcciones IP durante los partidos, sino de trasladar ese mismo modelo a servicios de VPN populares. Según una nota oficial de LaLiga, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba ha concedido medidas cautelares “inaudita parte” (sin escuchar previamente a las compañías afectadas) contra NordVPN y ProtonVPN, obligándolas a implementar bloqueos dinámicos de direcciones IP “desde España” cuando esas IP estén vinculadas a emisiones ilícitas de contenido audiovisual protegido.
LaLiga y su socio audiovisual, Telefónica Audiovisual Digital (TAD), sostienen que la resolución reconoce el papel de las VPN como “intermediarios tecnológicos” y las encuadra dentro del Reglamento Europeo de Servicios Digitales, lo que —según su interpretación— las somete a la exigencia de impedir infracciones cometidas bajo su infraestructura. En la práctica, la medida pretende cerrar una de las vías más utilizadas por muchos usuarios para sortear los bloqueos aplicados por los proveedores de internet durante las retransmisiones.
De los bloqueos en operadoras… a los bloqueos dentro de la propia VPN
El punto clave de estas cautelares es su carácter dinámico. LaLiga afirma que las compañías deben habilitar mecanismos internos para que las direcciones IP aportadas por las demandantes —en las que se habría constatado emisión ilegal— queden inaccesibles desde España, y recalca que se trata de una resolución sin posibilidad de recurso. Reuters, que asegura haber visto los autos, señala que la orden se orienta a bloquear el acceso desde España a IPs relacionadas con 16 webs acusadas de retransmitir partidos de LaLiga sin autorización.
Este tipo de bloqueo no funciona como un “apagón total” de la VPN, sino como una lista que se actualiza para impedir conexiones hacia destinos marcados durante las ventanas críticas (los partidos). Ese es precisamente el cambio de paradigma: si antes el bloqueo ocurría en la red del operador, ahora se busca que ocurra en la red del proveedor de VPN, de modo que la VPN deje de servir como “túnel” para evadir restricciones.
LaLiga justifica la medida aludiendo a que las VPN son un medio “sumamente eficaz y accesible” para distorsionar la ubicación geográfica y acceder a webs con contenido protegido emitido de forma ilegal. En su comunicado, además, vincula esta nueva línea judicial con la sentencia del 18 de diciembre de 2.024 del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona, considerada el soporte jurídico que ha permitido los bloqueos actuales en operadoras.
El contexto: Córdoba ya era un actor central en la ofensiva de LaLiga
La resolución sobre VPN llega en un momento en el que el Juzgado mercantil cordobés ya venía siendo protagonista por otro frente especialmente polémico: la identificación de usuarios que consumen fútbol pirata mediante sistemas P2P.
BandaAncha.eu ha relatado que, en un auto del 17 de noviembre de 2.025, se habilitó el acceso a datos de titulares asociados a direcciones IP detectadas participando en emisiones vía Ace Stream, un reproductor P2P. Según esa información, LaLiga habría utilizado esos datos para el envío de comunicaciones reclamando importes como 262 € (y en casos concretos 261,65 €) en concepto de indemnización para evitar acciones judiciales, una práctica que ha generado discusión pública sobre el alcance real de esas diligencias y su encaje procesal.
Ese recorrido explica por qué el nuevo movimiento sobre VPN se observa como un escalón más dentro de una estrategia que intenta actuar no solo sobre los emisores, sino también sobre infraestructura, intermediarios y usuarios.
“No hemos sido notificados”: la respuesta de ProtonVPN y NordVPN
Uno de los elementos más delicados del caso es el choque entre la inmediatez de las cautelares y el debido proceso. ProtonVPN, con sede en Suiza, ha afirmado públicamente que tuvo conocimiento del asunto por informaciones en medios y que no ha recibido notificación formal, por lo que considera que una orden dictada sin dar opción a ser escuchados sería “procesalmente inválida” bajo principios básicos del Estado de derecho.
NordVPN, por su parte, también ha indicado que no ha formado parte de ningún procedimiento judicial en España y ha calificado el enfoque de “inaceptable”, además de cuestionar su eficacia para combatir la piratería. La compañía sostiene que los bloqueos no atacan la raíz del problema (la fuente del contenido, el alojamiento o la financiación) y, además, subraya un efecto práctico: estas medidas suelen centrarse en servicios de pago conocidos, mientras siguen existiendo alternativas gratuitas difíciles de regular.
El riesgo de “daños colaterales” y el debate sobre proporcionalidad
El bloqueo dinámico de IPs lleva tiempo generando controversia en España por su potencial impacto en servicios legítimos que comparten infraestructura, IPs o redes de distribución. El salto hacia las VPN añade una capa más: si un usuario utiliza una VPN para teletrabajo, privacidad, seguridad en redes públicas o acceso a información, un bloqueo agresivo podría traducirse en interrupciones durante partidos, incluso sin relación con la piratería.
LaLiga, en cambio, defiende que estas medidas son proporcionales y acotadas a la duración de los encuentros, y en su nota remarca que el juzgado también obliga a LaLiga y a TAD a conservar evidencia digital suficiente de las emisiones ilícitas que comuniquen a las demandadas, reforzando —según su lectura— la fiabilidad del procedimiento.
Además, la organización presenta el movimiento como parte de una tendencia europea: cita precedentes similares en Francia y lo enmarca en una lucha internacional contra el fraude audiovisual.
Lo que queda por ver es si estas cautelares serán fáciles de ejecutar —especialmente tratándose de compañías con sede fuera de España— y si el enfoque acabará consolidándose como estándar judicial o, por el contrario, alimentará una reacción legal y social por su impacto en privacidad, neutralidad de la red y acceso legítimo a servicios.
Preguntas frecuentes
¿Pueden bloquear NordVPN o ProtonVPN “por completo” en España durante los partidos de LaLiga?
La información publicada apunta a bloqueos dinámicos de direcciones IP vinculadas a emisiones ilícitas, no necesariamente a un apagón total del servicio. El alcance exacto depende de cómo se implemente la medida y del contenido de los autos.
¿Qué significa “bloqueo dinámico de IPs” y por qué afecta a webs legítimas?
Es un sistema que permite actualizar listas de IPs durante un evento (por ejemplo, un partido). Si una IP marcada es compartida por servicios legítimos (algo común en infraestructuras modernas), puede producirse daño colateral.
¿Pueden las VPN negarse a cumplir una orden judicial española si están fuera del país?
Depende del marco legal aplicable, de la notificación formal y de la cooperación internacional. Tanto ProtonVPN como NordVPN han señalado que no han sido notificadas formalmente, lo que abre un escenario de disputa procesal.
¿Qué alternativas legales existen para evitar problemas con bloqueos durante los partidos?
La vía más segura es el acceso a contenidos oficiales y autorizados. Para usos legítimos de privacidad o teletrabajo, la recomendación práctica suele ser estar atento a avisos del proveedor de VPN y a posibles incidencias de conectividad en franjas de partido.
vía: bandaancha